martes, 3 de julio de 2012

¿QUÉ ES EL IMPUESTO 1X1000, QUÉ LO GENERA Y QUIÉNES ESTÁN INVOLUCRADOS?

Para Organismos Públicos:
Grava la emisión de instrumentos de pago a favor de  contratistas o prestadores de servicios al sector público, iguales o superiores a 25 Unidades Tributarias, debiendo cancelar al estado, 0.001 céntimos de Bolívar por cada 1000 Bolívares.

Este Impuesto se genera al momento de la emisión de la Orden de Pago, y el ente deberá retener el impuesto para luego, en un período establecido en la Providencia N° SATMIR/2010-04-002, publicada en Gaceta Oficial Ordinaria N° 3392 el 14/04/2010, el  enterar al estado Bolivariano de  Miranda el  Impuesto Retenido.

Para Entidades Bancarias y Financieras:

Grava la emisión de pagarés, letras de cambio libradas o descontadas por estas entidades, exceptuando aquellas dirigidas a la cancelación de obligaciones derivadas de la adquisición de artículos para el hogar, de vehículos automotores, de viviendas y de maquinarias y equipos agrícolas.

Este Impuesto se genera al momento de otorgar el instrumento crediticio, y la entidad deberá  retener el Impuesto para luego, en un período de dos días máximos enterar al estado Bolivariano de Miranda el  Impuesto retenido.

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